Efectos Retroactivos de la Sentencia 258 de 2020
- Mario Arenas
- 18 ago 2020
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No conocemos el texto completo de la Sentencia 258 de Julio 23 de 2020, con la cual la Corte Constitucional declaró INEXEQUIBLE el Dcto 558 de 2020 que autorizó la disminución de los aportes al sistema pensional durante los meses de Abril y Mayo pasados.
Pero, en el Comunicado Nro 31 la Corte adelantó lo que dispuso acerca de los efectos RETROACTIVOS de su decisión:
"Efectos retroactivos de la inexequibilidad La inexequibilidad del decreto bajo estudio se adopta con efectos retroactivos desde la fecha de su expedición. Por tal razón, las personas naturales y jurídicas deberán efectuar el pago de los montos dejados de aportar en el plazo razonable que señale el gobierno en ejercicio de sus facultades. El Gobierno Nacional deberá adoptar e implementar las medidas que correspondan para recaudar los aportes teniendo en cuenta, entre otros elementos, plazos y modalidades de pago razonables. Los valores dejados de pagar no causarán intereses de ningún tipo sino a partir de la nueva fecha de pago que adopte el Gobierno Nacional, por cuanto el no pago completo de los aportes se encontraba autorizado legalmente por el decreto declarado inexequible. Así mismo, el traslado de pensionados a COLPENSIONES deberá revertirse igualmente en los términos que establezca el Gobierno Nacional".
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